03-Junio-2014
El Tribunal de
Justicia de la Unión Europea hizo pública recientemente su decisión acerca al “derecho
al olvido”, resultado de una cuestión prejudicial formulada por la Audiencia
Nacional española con respecto a una controversia entre la Agencia de
Protección de Datos y un particular con Google Spain. La decisión, que interpreta
la Directiva 95/46/CE de
Protección de Datos, tiene
dos vertientes de interés: por un lado, se declara que todo buscador de internet
con establecimiento en España debe cumplir las normas locales de protección de
datos; por otro, y como consecuencia necesaria de lo anterior, se confirma que el
buscador es responsable del tratamiento de los datos personales y debe por
tanto aplicar los derechos de los usuarios a la oposición y a la cancelación de
los mismos que prevé la legislación española. Ello implica que todo usuario
tendrá derecho a solicitar a Google y otros buscadores la retirada de datos
personales que sean inadecuados, irrelevantes o excesivos.
Lea la decisión
(en castellano) aquí.